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RESOLUCIÓN SLT/2983/2020

RESOLUCIÓN SLT/2983/2020, de 21 de noviembre, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.

En aplicación del Tramo 1, pondremos a disposición de nuestros clientes 3 mesas de 2 personas en el interior, y 4 mesas de 2 personas en la terraza. Os aconsejamos reservar mesa debido al aforo limitado llamando a la tienda en el 935 394 650 de 11.00 hasta las 20.00.

Os recordamos que los establecimientos de hostelería y restauración pueden abrir con sujeción a las siguientes condiciones:

  1. El consumo se tiene que realizar siempre en la mesa.
  2. En el interior, el aforo se limita al 30% del autorizado y se ha garantizar una distancia mínima debidamente señalizada de dos metros entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas diferentes. Se tiene que garantizar la ventilación del espacio mediante ventilación natural u otros sistemas de ventilación.
  3. En las terrazas se tiene que garantizar una distancia mínima debidamente señalizada de dos metros entre comensales de mesas o grupos de mesas diferentes.
  4. Se limita a cuatro el número máximo de comensales por mesa o agrupación de mesas, excepto que pertenezcan a la “burbuja de convivencia” a que se refiere el apartado 3 de la presente Resolución.
  5. Se tiene que garantizar la distancia de un metro entre personas de una misma mesa, excepto para personas que pertenezcan a la “burbuja de convivencia”. El tipo y tamaño de mesa tiene que permitir que se garanticen estas distancias.
  6. No se puede llevar a cabo servicio en mesa más allá de las 21:30 horas. A partir de esta hora el establecimiento solo puede llevar a cabo actividad de restauración para servir a domicilio o para recogida delos clientes en el establecimiento, de acuerdo con el régimen horario establecido en el apartado 5 de esta Resolución.
  7. Se tienen que cumplir siempre todas las indicaciones del Plan sectorial de la restauración aprobado por el Comité de Dirección del Plan de actuación del PROCICAT.

La resolución integral se puede descargar en formato pdf desde aquí.